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Comunicado de Prensa
Gobierno Territorial Rama recurre de Amparo contra
Presidente del Consejo Regional de la RAAS
El día de hoy
18 de octubre del 2005 los Señores: Sebastián Mcrea Ruiz,
Presidente, y Pearl Marie Watson, Primera Secretaria, de la Junta
Directiva del Gobierno del Territorial Rama (GTR)
ubicado en la Isla de Rama Cay, Municipio de Bluefields, Región
Autónoma Atlántico Sur (RAAS) presentaron Recurso de Amparo en contra
del Rev. Rayfield Hodgson Bobb, quien en
su calidad de Presidente de la Junta
Directiva del Consejo Regional de la Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS)
emitio “certificación” a favor de la Junta Directiva de la supuesta
“Autoridad Territorial
del Pueblo Indígena Rama de San Juan del Norte” el veinte de julio del
2005.
Alegan
los recurrentes que el Rev.
Rayfield Hodgson Bobb ha facilitado la formación de un grupo de personas
de la etnia miskita y de algunos mestizos a los que ha extendido una
certificación, que estos están utilizando con el fin de invadir la
Reserva de la Biosfera del Sureste de Nicaragua, y para eventualmente
obtener la demarcación y titulacion de tierras, dentro de la Reserva y
del Territorio del Pueblo Indígena Rama. El este grupo se autollama “Autoridad Territorial
del Pueblo Indígena Rama de San Juan del Norte” comunidad indígena
“Bartola, San Juan o Indio Maíz”.
Sin
embargo, en Nicaragua solo existe un Pueblo Indígena Rama reconocido por
los historiadores y los antropólogos modernos y registrados con
anterioridad en el Registro Autónomo de la RAAS, así como de conformidad
con los criterios de la Ley 445; que son a los que representan los
demandantes; por lo que el Pueblos Indígena Rama por medio del Recurso,
desconoce como Ramas a las personas que fueron “certificadas”
por el Rev. Hodgson; ya que estas personas no forman una comunidad indígena,
sino que son individuos que se han asociado para conseguir tierras: Las
personas “certificadas” por
el Rev. Hodgson ni siquiera habitan en la zona, sino que algunos son
excombatientes que se han identificado a las autoridades del MARENA como
representantes de la Resistencia, con cedulas de identidad expedidas en
Puerto Cabezas, y a los que en el pasado se les adjudicaron tierras y ya
las han vendido. Y que ahora ven la oportunidad de obtener más tierras
para comercializarlas. Y para obtener dinero de las personas
mestizas del área de Nueva Guinea afilian a sus “asociación” por la
cantidad de entre C$200.00 a C$500.00 (doscientos a quinientos Córdobas)
por persona y les otorgan de un carnet con los que les prometen obtener 50
manzanas de tierra, vivienda y
alimentos por 6 meses; y que ellos mismos dicen que “sus afiliados”
suman 5,000 personas.
Los Demandantes alegan que el ilegal otorgamiento de la “certificación”
por parte del Rev. Hodgson, al grupo de personas antes señalados,
viola los derechos establecidos por la Constitución Política de
Nicaragua en protección del Pueblo Indígena Rama y de la Comunidad Étnica
de Monkey Point, y específicamente su derecho a la protección estatal de
su propiedad comunal, bajo un régimen sui generis definido por los
artículos 5, 89 y 180 de la Constitución Política de Nicaragua; y
desarrollado en la definición
de tierras indígenas que hace el
articulo 36 y en el artículo 11 numerales 3, 4 y 6 de la Ley
No. 28, y su Reglamento; y a la representación de sus Autoridades
Territoriales como parte del derecho consuetudinario protegido por la
Constitución en los Artos. 5, 89 y 180, y regulado por la Ley 445.
Tambien viola los Artos 128, 130 y 131 de la Constitución Política de
Nicaragua.
Ya que para que, de conformidad con la Ley
445, exista una comunidad indígena es necesario que exista un “conjunto de familias de
ascendencia amerindia establecido en un espacio territorial “ y una Comunidad Étnica es “el conjunto de familias de
ascendencia afro caribeñas… vinculados a sus raíces culturales y
formas de tenencias de la tierra” por lo que las personas “certificadas”
por el Rev. Hodgsono no cumplen con los presupuestos legales y
constitucionales para ser considerados miembros de una “comunidad” indígena
o étnica; ya que son un grupo de personas, que no están vinculadas a una
tierra comunal determinada, y que aunque algunas de ellas puedan ser de la
etnia Miskita, no son parte del Pueblo Indígena RAMA, como lo expresa la
ilegal certificación. Sino que son personas que pertenecen a otras
comunidades Miskitas y Mestizas sin vínculo alguno con la tierra de la
Reserva de la Biosfera de Nicaragua que ahora pretenden invadir.
Aunque
el asentamiento principal del Pueblo
Indígena Rama está ubicado en Rama Cay, el resto del territorio esta
conformado por las tierras en el continente, que histórica y
tradicionalmente han sido ocupadas por los Rama, traslapando
con la Reserva Natural de Cerro Silva, la Reserva Natural de Punta Gorda,
el Refugio de Vida Silvestre de Río San Juan y la Reserva Biológica de
Indio-Maíz, que hoy forman parte de la Reserva de la Biosfera
del Sureste de Nicaragua protegidos por la UNESCO, de las Naciones Unidas.
Reserva que de ser invadidas por las personas “certificadas” por el Rev. Hodgson, y por los grupos que ellos
dirigen, destruirían estas áreas protegidas. Ya que la presión que la
cantidad de gente que ellos pretenden introducir seria fatal para la
preservación de su medio ambiente y de los recursos naturales. Y es por
eso que el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA), junto
con el Ejército de Nicaragua, y
la Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos
Naturales, han desalojado a estas
personas de la Reserva Indio-Maíz
en varias ocasiones, sin embargo, ahora el Rev. Hodgson con la mencionada “certificación”
les facilita invadir, no solo la Reserva Indio Maíz, sino que también
Cerro Silva, donde desde tiempos inmemoriales han habitado las comunidades
Rama.
Para mayor infamación contactar la
oficina del Gobierno Territorial Rama, frente a la oficina del Consejo
Electoral en la calle Averdeen de la Ciudad de Bluefields. Tel (505)
572-1441 |
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